Ayudas para la implantación de sistemas voluntarios de gestión en pymes de la Comunidad de Madrid

La Consejería de Economía, Empleo y Competitividad pone en marcha un nuevo programa de ayudas dirigido a las pymes de la región para impulsar la implantación de sistemas voluntarios de gestión integrados en el ámbito empresarial, apoyando las iniciativas que permitan a las empresas modernizar, innovar y mejorar sus procesos de negocio y estructuras empresariales.
Los sistemas de gestión relacionados con la calidad; el uso de la energía; la sostenibilidad; la seguridad y salud en el trabajo; la seguridad de la información, etc., son herramientas que van a permitir a las empresas mejorar su competitividad para poder afrontar los retos del mercado actual, contribuyendo a la implantación de los objetivos de la economía circular en las pymes y favoreciendo con ello la economía de la Comunidad de Madrid.

Beneficiarios

Esta línea de ayudas está dirigida a las pymes que dispongan de al menos un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.

Tendrán la consideración de pymes las empresas que cumplan los criterios establecidos en el anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

Únicamente podrán beneficiarse de la línea de subvenciones para la implantación de sistemas de gestión de Calidad certificados conforme a la norma UNE-EN ISO 9001; de sistemas de gestión ambiental certificados conforme a la norma UNE-EN ISO 14001; de sistemas comunitarios de gestión y auditoría medioambientales -EMAS); de sistemas de gestión de la seguridad de la información certificados conforme a la norma UNE-EN ISO/IEC 27001; de sistemas de gestión de la inocuidad de los alimentos. Requisitos para cualquier organización en la cadena alimentaria certificados conforme a la norma UNE-EN ISO 22000), las empresas que desarrollen alguna de las actividades a las que se refiere el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009), que se indican a continuación:

a) Sección B completa (industrias extractivas).

b) Sección C completa (industrias manufactureras).

c) Sección D completa (suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado).

d) Sección G, División 45.2 (mantenimiento y reparación de vehículos a motor) y División 45.4 (mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios).

e) Sección H, División 52 (almacenamiento y actividades anexas al transporte), excepto la Clase 52.24 (manipulación de mercancías).

f) Sección M, Divisiones 71 y 72 (servicios técnicos de arquitectura e ingeniería, ensayos y análisis técnicos; investigación y desarrollo).

Únicamente podrán beneficiarse de la línea de subvenciones para la implantación de sistemas de gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo certificados conforme a la norma ISO-45001, las pymes que lleven a cabo trabajos en minas, canteras y túneles que exijan la aplicación de técnica minera, así como todos aquellos que impliquen utilización de explosivos.

Cuantía de las ayudas

Las ayudas de este programa consistirán en subvenciones concedidas mediante el procedimiento de concesión directa sobre los gastos que resulten subvencionables.

La cuantía de la ayuda concedida será del 30 % de la inversión subvencionable. Este porcentaje se incrementará en 10 puntos porcentuales para empresas beneficiarias dependientes de fundaciones sin ánimo de lucro, de centros especiales de empleo o de entes y fundaciones del sector público. A estos efectos, se consideran empresas dependientes las que tienen una participación mayoritaria de las entidades citadas. Asimismo, el porcentaje de ayuda se incrementará en 10 puntos porcentuales para empresas beneficiarias cuyo establecimiento productivo se encuentre situado en municipios de menos de 2.500 habitantes, según las cifras de población del Instituto Nacional de Estadística resultantes de la última revisión del Padrón Municipal en el momento en que se presente la solicitud de la ayuda. Estos dos incrementos son acumulables.

El límite máximo de la ayuda será de 10.000 euros por sistema de gestión y 10.000 euros por beneficiario y año natural.

En caso de que el pago realizado y justificado, de acuerdo con lo previsto en las normas reguladoras, no corresponda a la totalidad del importe de la inversión subvencionada, la ayuda se minorará proporcionalmente.

Las empresas no podrán superar el límite de 200.000 euros para el mismo beneficiario durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales, en los términos establecidos en el Reglamento UE 1407/2013, de 18 de diciembre, de la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.